La Policía Nacional y el Ministerio Público son los únicos organismos facultados a investigar hechos punibles, no así la Seprelad, que solamente puede hacer reportes de operaciones financieras sospechosas y pedir informes a sujetos obligados, recordó el abogado Ricardo Preda, ante la denuncia presentada por Arnaldo Giuzzio.
La Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad) es un órgano que se encarga de elaborar análisis financieros y que se rige por una ley que le permite profundizar reportes de operaciones sospechosas y pedir informes a sujetos obligados.
“No tiene la facultad de investigar delitos, si amerita alguna profundización y si eso arroja indicios de la comisión de hechos punibles, entonces debe hacer la denuncia ante el Ministerio Público”, comentó el abogado Ricardo Preda, en entrevista con la 650 AM.
Recordó que las informaciones deben ser manejadas de manera sumamente confidencial, ya que las unidades de inteligencia financiera deben conducirse precisamente con fines de “inteligencia” y no “mediáticos”.
“Si uno tiene una sospecha de la comisión de un hecho punible, está habilitado a formular una denuncia ante los órganos de persecución penal, que son el Ministerio Público y la Policía Nacional, no la Seprelad”, insistió.
El ministro del Interior, Arnaldo Giuzzio, presentó ante la Seprelad una denuncia contra Horacio Cartes, por los hechos punibles de lavado de dinero proveniente del contrabando, enriquecimiento ilícito y declaración falsa.
Fuente: HOY




